Con motivo del gran interés producido por nuestras piezas dentales, además de la importancia de un buen cuidado de los dientes y una correcta alimentación, hemos iniciado un pequeño estudio de nuestra boca; comenzamos viendo los dientes temporales y los dientes permanentes, cuantos tenemos y su importancia, seguimos investigando los tipos de dientes y su función, las partes del diente... y sobre todo estamos trabajando sobre la importancia de una buena higiene bucal desde pequeñitos, destacaremos el papel fundamental de los padres en este aspecto, ya que ellos deben de promoverlo desde casa, ayudado como no, de una correcta alimentación, donde los dulces, chucherías y zumos por su alto contenido en azucares añadidos, son muy perjudiciales para nuestros dientes. Con vuestra ayuda seguro que conseguiremos tener una dentadura fuerte y sana.
Os dejo aquí algunos aspectos de interés para las familias:
Os dejo aquí algunos aspectos de interés para las familias:
Atención
bucodental infantil
Los
niños y niñas de entre 6 y 15 años residentes en Andalucía tienen
derecho a recibir atención dental básica y determinados
tratamientos especiales de forma gratuita a través de la Tarjeta
Sanitaria Individual
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La
salud de nuestros hijos
Evidentemente
la alimentación es un elemento clave y primordial en nuestra salud y
sobre ella construimos los cimientos de nuestra calidad de vida.
Tan
importante como nuestros alimentos es el estado de nuestra dentadura
y nuestra higiene dental, por ello desde la Administración Sanitaria
de Andalucía consciente de esta necesidad, se garantiza la
asistencia dental básica y determinados tratamientos especiales a
todas las personas de 6 a 15 años protegidas por el Sistema
Sanitario Público de Andalucía y residentes en esta Comunidad.
Desde
el año 2002 en que se inició el programa de atención bucodental,
con la atención a las personas nacidas en los años 1995 y 1996, se
ha completado en 2009 la garantía de la asistencia dental a los
niños y niñas de entre 6 y 15 años de edad residentes en
Andalucía.
Sólo
la exploración de su dentista de cabecera asegura que la boca está
sana
¿Va
a cubrir a todas las personas de esas edades desde el primer momento?
Todas
las personas que cumplan entre 6 y 15 años en el año natural,
tienen derecho a la prestación asistencial dental.
¿Qué
me cubre en realidad?
El
niño o niña tiene derecho a una revisión anual cuyo contenido
mínimo incluirá instrucciones sobre normas de higiene bucodental,
dietas, etc., exploración de la cavidad oral, reconocimiento de la
dentición permanente (utilizando sonda de exploración, espejo plano
y el material necesario), incluyendo todas las fosas y fisuras
existentes en el esmalte. En caso de duda razonable se realizará una
exploración radiológica intraoral, previo consentimiento formulado
por escrito de los padres o tutores.
El
dentista de cabecera realizará un seguimiento singularizado de
aquellos niños con una especial predisposición a la caries,
enfermedad periodontal o maloclusiones, o en las que un tratamiento
bucodental agresivo suponga un riesgo para la salud del paciente.
Asimismo,
siempre según el criterio de cada dentista, se podrá realizar:
- El sellado de fisuras o fosas en las piezas permanentes sanas que evitará la aparición de caries.
- La obturación en las piezas permanentes (empastes) cuando ya existen caries.
- El tratamiento más adecuado de las lesiones pulpares.
- La extracción de piezas dentarias temporales (dientes de leche).
- La extracción de alguna pieza dentaria permanente, siempre que bajo criterio de su dentista de cabecera no tenga otro tratamiento más conservador.
- La tartrectomía (limpieza), cuando se detecte cálculo y/o pigmentaciones extrínsecas en dentición permanente.
- Cubrirá también, aunque con ciertos requisitos formales, ciertos tratamientos especiales por traumatismos o malformaciones de los dientes incisivos caninos.
¿Qué
asistencia no cubre?
Aquellos
tratamientos necesarios por causa de traumatismos cuando haya un
responsable que deba hacerse cargo del costo de ese tratamiento, los
tratamientos de ortodoncia y los reparadores en la dentición
temporal (dientes de leche).
¿Cuándo
y dónde tengo que dirigirme para solicitar la asistencia?
Los
niños y niñas que cumplan 6 años y tengan reconocido el derecho a
la prestación acudirán al dentista de cabecera elegido, que les
prestará la asistencia requerida entre las relacionadas en los
apartados anteriores presentando la Tarjeta Sanitaria Individual
(TSI).
En
su Centro de Salud (Servicio de Atención Ciudadana), en la
Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales
(Servicio de Planificación y Evaluación Asistencial) y en el Centro
de Información y Servicios al Ciudadano Salud Responde podrán
facilitarle información al respecto.
¿A
qué dentista puedo acudir?
Podrá
elegir libremente a su dentista
de cabecera
de la relación de dentistas disponibles cada año. Hay que tener en
cuenta que durante el mes de diciembre sólo podrá elegirse como
dentista de cabecera a los pertenecientes al Sector Público,
independientemente de que cualquier persona seguirá siendo atendida
hasta el 31 de diciembre por el dentista de cabecera previamente
elegido.
Normativa
- Orden de 11 de diciembre de 2007 , por la que se establece para el año 2008 la población con derecho a la prestación asistencial dental que regula el decreto 281/2001, de 26 de diciembre, y se fijan las tarifas aplicables a la contratación de los servicios (BOJA núm. 7, 10/01/08)
- Orden de 19 de marzo de 2002, por la que se desarrolla el decreto 281/2001, de 26 de diciembre, por el que se regula la Prestación Asistencial Dental a la población de 6 a 15 años de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y ... (BOJA núm. 36, 26/03/02).
- Requisito para la habilitación de los Dentistas de Cabecera (Dentistas Privados) según la Orden de 19 de marzo 2002.
- Decreto 281/2001, de 26 de diciembre, por el que se regula la prestación asistencial dental a la población de 6 a 15 años en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 150, 03/12/01)
Recursos
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Última
revisión: 17/10/2013
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